• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: León
  • Ponente: MARIA DEL MAR GUTIERREZ PUENTE
  • Nº Recurso: 761/2020
  • Fecha: 30/12/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Sobreseimiento provisional o definitivo del proceso. Derecho a la tutela judicial efectiva y motivación de las resoluciones. El derecho de acceso a la jurisdicción no conlleva el que se abra necesariamente una instrucción por haberse presentado una denuncia o querella. Denuncia por prevaricación administrativa. Es la respuesta penal a los abusos de poder. No toda resolución irregular o contraria a derecho es susceptible de integrar el delito de prevaricación. Se precisa una resolución injusta y arbitraria. Malversación de caudales públicos. Elemento relativo al ánimo de lucro.
  • Tipo Órgano: Juzgado de Instrucción
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: JOSE IGNACIO VILAPLANA LUQUERO
  • Nº Recurso: 240/2020
  • Fecha: 23/12/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto de transformación de las Diligencias Previas en Procedimiento Abreviado. Funciones que cumple la citada resolución. Determinación de los hechos punibles e identificación de las personas imputadas. No requiere una calificación concreta, que compete a las acusaciones. Imputación de delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental. Presunta ilicitud de las ayudas sociolaborales facilitadas a la empresa ALTADIS por parte de Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía. Utilización de un ERE para instrumentalizar el pago ilícito de las ayudas, para lo que se suscribieron diversas pólizas de seguro de rentas con entidades financieras. Cooperador necesario en un delito especial propio, como es la prevaricación y la malversación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: MARIA CONCEPCION ROIG ANGOSTO
  • Nº Recurso: 7/2019
  • Fecha: 14/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Funcionario de Correos que se iba apoderando de los fondos depositados por los clientes. Con el fin de ocultar el desfase en las cuentas de la entidad, modificó la hoja de arqueo interna, falsificando otros documentos. Delito continuado de malversación de caudales públicos, en concurso medial con un delito continuado de falsedad documental. Juico ante el Tribunal del Jurado. Supuesto de conformidad sin llegar a proceder a la constitución del jurado. Trabajos en beneficio de la comunidad y consentimiento del acusado. Suspensión de la ejecución de la pena.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: VICENTE MAGRO SERVET
  • Nº Recurso: 663/2019
  • Fecha: 10/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena al autor directo del delito, que es a su vez, el Secretario del Comité Local de partido político, por haberse abonado una cantidad con cargo a fondos de la Concejalía de Desarrollo Local por obras llevadas a cabo en la sede de partido político de forma privada. Es condenado como autor de un delito continuado de fraude en concurso medial con delitos continuados de malversación y falsedad en documento oficial, junto con otros autores. El Fiscal ejercita la acción civil. No hay renuncia expresa del perjudicado. Para que sea operativa una renuncia de indemnización debe ser esta expresa, no tácita. Solo la renuncia expresa del perjudicado veta al Fiscal para reclamar una responsabilidad civil y, en este caso, esto no se ha producido. En caso de entidades locales como Ayuntamientos ha de estar sometida a diversas formalidades, como acuerdo del Pleno. La acción civil es contingente, no todos los ilícitos penales producen un perjuicio evaluable económicamente a personas determinadas, y su ejercicio puede resultar exceptuado bien por la renuncia de su titular, bien por la reserva de acciones. Debe descartarse una interpretación estricta del art. 120.4, de tal manera que cualquier extralimitación o desobediencia del empleado pueda considerarse que rompe la conexión con el empresario. La acción por responsabilidad civil tiene el plazo de prescripción del delito, y la acción civil contra el partícipe a título lucrativo tiene el plazo de prescripción de las acciones personales.
  • Tipo Órgano: Juzgado de Instrucción
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: JOSE IGNACIO VILAPLANA LUQUERO
  • Nº Recurso: 2192/2018
  • Fecha: 10/12/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto que dicta el Juzgado de Instrucción en el marco de la investigación de un delito de prevaricación administrativa y de malversación de caudales públicos, en relación con la presunta ilicitud de las ayudas facilitadas de manera arbitraria a una empresa por parte de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía. Asunto de los ERES de Andalucía, acuerdo llevado a cabo de manera ilícita y arbitraria para pagar una parte de la póliza de seguros de prejubilación para trabajadores de la empresa. Suscripción de distintos instrumentos para ofrecer una apariencia de legalidad al procedimiento de concesión y pago de las ayudas. Pronunciamiento por el que se acuerda declarar extinguida la posible responsabilidad criminal por fallecimiento de una persona (dejando expedita la vía civil), no traer al procedimiento a determinadas personas que se considera que su actuación está siendo objeto de enjuiciamiento en otra causa (en la causa principal de los ERES), donde ya han sido juzgados y condenados, y el sobreseimiento de la causa respecto de otra, por no hallarse indicios sólidos sobre su participación en los hechos, no bastando las meras sospechas de su participación en los mismos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: JUANA CRIADO GAMEZ
  • Nº Recurso: 1010/2016
  • Fecha: 27/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delitos de prevaricación y de malversación en grado de tentativa, concurriendo la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. Conformidad. Ayuntamiento que se dedica a crear sociedades municipales al frente de las cuales se coloca a un gerente que ha de cumplir ciegamente las instrucciones del alcalde. Creación de una organización municipal paralela para evitar los controles que impone la normativa administrativa. Condena del responsable a título lucrativo, acordándose la compensación de créditos, dado que el Ayuntamiento perjudicado le debía a su vez dinero al responsable civil a título lucrativo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA FERNANDA GARCIA PEREZ
  • Nº Recurso: 15/2016
  • Fecha: 25/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Creación de entramados societarios para conseguir contratos públicos y ocultar la procedencia ilícita y el destino de los fondos obtenidos, sobornos a funcionarios, autoridades y cargos públicos, vulneración de la normativa administrativa en la contratación con las Administraciones públicas, facturas falsas y ocultación a la Hacienda Pública de los ingresos de la ilícita operativa. Expediente de contratación, por procedimiento negociado sin publicidad y urgente, del suministro de equipamiento para dar cobertura televisiva con motivo de la visita del Papa a Valencia en 2006: proceso de adjudicación simulado, plagado de ilegalidades e irregularidades. Emisión de facturas ficticias. Reparto de fondos ilícitamente obtenidos. Defraudación tributaria en los impuestos de sociedades y de IVA. Conformidad de algunos acusados prevista en la Ley, sin perjuicio de la continuación del juicio. Grabaciones realizadas por uno de los acusados de conversaciones con otros investigados que no afecta al derecho al secreto de las comunicaciones, ni al derecho a la intimidad, ni supone vulneración al derecho a la voz como manifestación sonora de la propia imagen. Entradas y registros válidos, sin ruptura de cadena de custodia. Intervención de comunicaciones en centro penitenciario que no afecta a las actuaciones anteriores. No prescripción de delitos conexos si no ha prescrito la infracción más grave. Legitimación de acusación. Cooperación del extraneus y complicidad. Partícipe a título lucrativo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 257/2019
  • Fecha: 24/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La vulneración del derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa exige, en primer lugar, que el recurrente haya instado a los órganos judiciales la práctica de una actividad probatoria, respetando las previsiones legales al respecto; que los órganos hayan rechazado su práctica sin motivación; que la actividad probatoria inadmitida hubiera podido influir decisivamente en la resolución y que el recurrente en amparo alegue todo esto y lo fundamente. Ni el procesamiento ni la calificación provisional vinculan de manera absoluta al Tribunal sentenciador. El verdadero instrumento procesal de la acusación es el escrito de conclusiones definitivas y a él debe ser referida la relación a juicio de congruencia del fallo. En el delito de malversación de fondos públicos, la falta de reparo o control por parte del órgano concernido que interviene el pago no elimina la arbitrariedad del pago efectuado. La ausencia de reparo o control por parte del órgano concernido solo patentiza la falta de efectividad de la fiscalización del mismo. El recurso de casación cuando se articula por la vía del art. 849.1 LECrim ha de partir de las precisiones fácticas que haya establecido el Tribunal de instancia, por no constituir una apelación ni una revisión de la prueba.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JESUS MARIA HERNANDEZ MORENO
  • Nº Recurso: 4353/2018
  • Fecha: 19/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena por delito de prevaricación administrativa y absuelve por delito de malversación de caudales públicos. Ante las diligencias de investigación de la Guardia Civil sobre vecinos de la localidad, el alcalde, acusado, convoca un Pleno en el que se aprueba contratar de forma directa un despacho de abogados para la defensa de dichos vecinos, abonando la cantidad de 46.000,- euros. La prevaricación requiere: 1) resolución dictada por autoridad en asunto administrativo; 2) que sea objetivamente contraria al Derecho, (falta absoluta de competencia, omisión de trámites esenciales del procedimiento o el propio contenido sustancial de la resolución); 3) la ilegalidad sea de tal entidad que no pueda ser explicada con una argumentación técnico-jurídica mínima; 4) ocasione un resultado materialmente injusto; 5) la resolución sea dictada con la finalidad de hacer efectiva la voluntad particular de la autoridad y con el conocimiento de actuar en contra del derecho. El objeto de la resolución es contrario a derecho (cubrir la defensa jurídica de particulares y no tiene la defensa de intereses generales de la Administración Local) y se ha prescindido de cualquier tramite de contratación (concurso abierto o restringido). Los hechos no se consideran delito de malversación al no concurrir ánimo de lucro propio o ajeno, ni causar grave perjuicio a la causa pública, al ser lo dispuesto inferior a los 50.000,- €. Se aplican las atenuantes de arrebato u obcecación y de dilaciones indebidas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 384/2019
  • Fecha: 19/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito de prevaricación administrativa. El TS desestima el recurso interpuesto. En particular, declara la validez como prueba de las grabaciones de conversaciones privadas. En este sentido, recuerda sus conclusiones: 1º) La utilización en el proceso penal de grabaciones de conversaciones privadas grabadas por uno de los interlocutores, no vulnera en ningún caso el derecho constitucional al secreto de las comunicaciones. 2º) Tampoco vulnera el derecho constitucional a la intimidad. 3º) Vulneran el derecho fundamental a no declarar contra si mismo y a no confesarse culpable, y en consecuencia incurren en nulidad probatoria, cuando las grabaciones se han realizado desde una posición de superioridad institucional (agentes de la autoridad o superiores jerárquicos). 4º) No vulneran el derecho fundamental a no declarar contra si mismo y a no confesarse culpable, cuando se han realizado en el ámbito particular. 5º) Pueden vulnerar el derecho a un proceso con todas las garantías, cuando la persona grabada ha sido conducida al encuentro utilizando argucias. Finalmente, el TS recuerda su jurisprudencia relativa al delito de prevaricación y la posibilidad de que pueda ser condenado por el mismo un extraneus como cooperador necesario.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.